¿EN QUÉ CONSISTE LA LAY DE INCLUSIÓN ESCOLAR?
*La ley de inclusión escolar entrega las condiciones para que los niños y jóvenes que asistan a colegios que reciban subvención del estado puedan recibir una educación de calidad.
Esta iniciativa: Permite que las familias tenga la posibilidad de elegir el establecimiento que más les guste sin que eso dependa de su capacidad económica. Ahora es el estado quien aportará recurso para reemplazar gradualmente la mensualidad que pagan las familias.
Elimina el lucro a los establecimientos que reciben aporte del estado, lo que significa que todos los recursos públicos deben ser invertidos para una mejor calidad, de la educación que reciben nuestros niños, niñas, jóvenes y adultos.
Termina con la selección arbitraria, lo que permitirá que los padres y apoderados puedan eligir con libertad el colegio y el proyecto educativo que prefieran para que sus hijos e hijas estudien.
LA INCLUSIÓN ESCOLAR... no abra discriminación arbitraria e inclusión, lo que conlleva al deber del estado a velar por la inclusión e integración por los establecimientos educacionales.
Gratuidad progresiva, que deberá implantar el estado en los establecimientos subvencionados o que reciban aporte permanente al estado.
Dignidad del ser humano y educación integral, se modifican además otros principios como la diversidad, flexibilidad, responsabilidad de estudiantes, padres y apoderados y sustentabilidad .
¿TENDRÁN LOS SOSTENEDORES PARA MANTENER Y/O DETERMINAR EL PROYECTO EDUCATIVO?
- Sí, la nueva normativa establece claramente que, el sostenedor tendrá plena la libertad para determinar su proyecto educativo, el estado respetará la diversidad de procesos y proyectos educativos institucionales, así como la diversidad cultural, religiosa y social de las familias que han elegido un proyecto diverso y determinado.
El estado reconoce así, la importancia de la identidad de un colegio o comunidad educativa y su aporte a la pluralidad de la nación.
EL PROYECTO EDUCATIVO SE VALORA Y RESGUARDA...
* Los padres y apoderados optarán por el proyecto educativo de su referencia pero, deberán informarse comprometerse expresamente, respetar y y contribuir a su cumplimiento.
* Los recursos de la subvención podrán destinarse a todos los gastos consistentes con el proyecto educativo.
*Los sostenedores podrán abrir nuevos colegios si hay demanda insatisfecha o no existe un proyecto educativo similar en el territorio en que se pretende desarrollar.
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